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¿CUÁNTO PUEDE DURAR LA BAJA MÉDICA?

Cuánto se cobra estando de baja (y cuándo se empieza a cobrar), Cuánto tiempo se puede estar de baja, ¿Qué ocurre tras los primeros 12 meses?,  Si te preguntas qué tiempo de baja puede otorgarte tu médico por una determinada enfermedad (o por haber pasado por un procedimiento médico o quirúrgico), repasa las tablas de duración media de incapacidad temporal que hoy te hemos presentado -y resumido- en este artículo.
limpieza_cgt 11 de marzo de 2026 11 minutes read
baja medica CGT IT

Si estás de baja, o lo que es lo mismo, en situación de Incapacidad Temporal (IT), y no sabes el tiempo máximo que puedes permanecer sin volver al trabajo, hoy te lo explicamos a través de las tablas de duración media de la incapacidad temporal. Pero también te informamos de lo que cobrarás y cuándo (y hasta cuándo como máximo). Para que puedas planificar tu presente y futuro inmediato si estás actualmente de baja médica.

Cuando un médico da la baja médica a un paciente, existen unas tablas que establecen cuál es la periodo máximo que puede estar sin trabajar  -según la dolencia-. Estas están recogidas en el Manual de Tiempos óptimos de Incapacidad Temporal publicado por el INSS, como veremos más adelante.

Porque si te dan la baja médica, seguirás cobrando una mensualidad aunque no ejerzas tu actividad laboral. Pero debes tener en cuenta que si la causa de la Incapacidad Temporal es una enfermedad común, para cobrarla es necesario haber cotizado 180 días en los 5 años inmediatamente anteriores a la baja. Sin embargo, si se ha producido por accidente o enfermedad profesional, no se requiere un período mínimo cotizado.

Tablas de duración media de incapacidad temporal

La cuarta edición y más actual (2017) del Manual de Tiempos óptimos de Incapacidad Temporal del INSS, indica el tiempo objetivo que una persona puede estar sin acudir a su puesto de trabajo. Ello se calcula según la causa de su baja médica. Hay multitud de enfermedades y procedimientos médicos especificados en este manual. Por esta razón, vamos a seleccionar las que pueden resultar más habituales y/o conocidas para que sepas con certeza cuánto tiempo se puede estar de baja.

A pesar de los días establecidos en estas tablas que resumimos a continuación, el médico puede seguir renovando tu baja médica si tu estado de salud así lo precisa. Hasta que se cumplan los máximos de tiempo estipulados.

Enfermedades infecciosas y parasitarias

ENFERMEDADDÍAS
Salmonella7
Infección intestinal bacteriana4
Intoxicación alimentaria bacteriana4
Gastroenteritis y colitis infecciosas4
Varicela10
Sarampión14
Enfermedad por VIH45
Hepatitis aguda tipo A30
Hepatitis aguda tipo C45
Conjuntivitis viral7
Candidiasis4
Enfermedades parasitarias menores4
Enfermedades infecciosas menores4

Neoplasias

ENFERMEDADDÍAS
Neoplasia malignaEntre 40 y 210 días según el tipo
Neoplasia benignaEntre 15 y 90 días según el tipo
Leucemia210
Carcinoma in situEntre 15 y 60 días según el tipo

Enfermedades de la sangre y órganos hematopoyéticos

ENFERMEDADDÍAS
AnemiaEntre 20 y 90 días según el tipo
Sarcoidosis30

Enfermedades endocrinas, nutricionales y metabólicas

ENFERMEDADDÍAS
Hipotiroidismo20
TiroiditisEntre 7 y 40 días según el tipo
Diabetes mellitusEntre 15 y 60 días según el tipo
Hipoglucemia7
Síndrome de ovario poliquístico4
Obesidad y obesidad mórbida4

Trastornos mentales y de comportamiento 

ENFERMEDADDÍAS
Demencia180
Abuso o dependencia de alcohol sin complicaciones4
Abuso o dependencia de cocaína sin complicaciones44
Intoxicación sin complicaciones con otras sustancias4
Esquizofrenia90
Trastorno bipolarEntre 60 y 120 días según el tipo
Trastorno depresivo mayorEntre 30 y 120 días según el tipo
Fobias45
Trastorno de ansiedad generalizada30
Trastorno obsesivo-compulsivo60
Anorexia o bulimia60
InsomnioEntre 4 y 30 días según el tipo
Discapacidad intelectual30

Enfermedades del sistema nervioso

ENFERMEDADDÍAS
MeningitisEntre 45 y 120 días según el tipo
Encefalitis180
Síndrome postpolio180
Parkinson120
Tics y temblores inducidos por fármacos30
Síndrome de piernas inquietas60
Alzheimer180
Esclerosis múltiple90
EpilepsiaEntre 30 y 90 días según el tipo
MigrañaEntre 2 y 30 días según el tipo
CefaleaEntre 1 y 30 días según el tipo
Trastornos del sueñoEntre 15 y 45 días según el tipo
Síndrome del túnel carpiano60
Lesión del nervio ciático90
Neuropatía120
Trastornos muscularesEntre 60 y 120 días según el tipo
Hemiplejia180
Paraplejia o tetraplejia240
Trastornos del cerebro90

Enfermedades del ojo y sus anexos

ENFERMEDADDÍAS
Blefaritis7
ConjuntivitisEntre 4 y 14 días según el tipo
Cataratas30
Desprendimientos y rotura de retinaEntre 75 y 90 días según el tipo
Glaucoma14
Miopía y astigmatismo, u otras molestias visuales4
Pérdida o bajada de visiónEntre 30 y 60 días según el tipo

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Enfermedades del oído y de la apófisis mastoides

ENFERMEDADDÍAS
OtitisEntre 4 y 20 días según el tipo
VértigosEntre 14 y 35 días según el tipo
Acúfenos4

Enfermedades del aparato circulatorio

ENFERMEDADDÍAS
Hipertensión o enfermedades hipertensivasEntre 20 y 90 días según el tipo
Angina de pecho30
Infarto de miocardioEntre 60 y 120 días según el tipo
Arritmias e insuficiencias cardíacasEntre 30 y 120 días según el tipo
Infarto cerebralEntre 60 y 120 días según el tipo
Aneurisma30
Embolia y trombosis45

Enfermedades del aparato respiratorio

ENFERMEDADDÍAS
SinusitisEntre 7 y 10 días según el tipo
Faringitis o amigdalitis agudas no crónicas4
Laringitis aguda7
GripeEntre 7 y 20 días según el tipo
Neumonía20
Rinitis4
BronquitisEntre 7 y 14 días según el tipo
AsmaEntre 7 y 30 días según el tipo

Enfermedades del aparato digestivo

ENFERMEDADDÍAS
Caries dental4
Gingivitis y enfermedades periodontalesEntre 4 y 7 días según el tipo
Úlcera gástrica o duodenalEntre 14 y 30 días según el tipo
Gastritis7
ApendicitisEntre 30 y 45 días según el tipo
Hernia45
Estreñimiento y diarrea4
Peritonitis60
Cálculos biliaresEntre 7 y 45 días según el tipo
Enfermedad celíaca4

Enfermedades de la piel y del tejido subcutáneo

ENFERMEDADDÍAS
DermatitisEntre 4 y 20 días según el tipo
Urticaria no crónica4
Soriasis15
Acné, rosácea o quiste sebáceo7
Trastornos de las uñasEntre 30 y 45 días según el tipo

Enfermedades del aparato musculoesquelético y del tejido conectivo

ENFERMEDADDÍAS
Artritis reumatoideEntre 45 y 60 días según el tipo
GotaEntre 20 y 30 días según el tipo
Artrosis20
Trastornos del menisco30
Contracturas o dolores articulares14
Ciática30
Tendinitis20
Osteoporosis90
Fractura patológica60

Enfermedades del aparato genitourinario

ENFERMEDADDÍAS
Trastornos de la menstruaciónEntre 4 y 10 días según el tipo
Trastornos menopáusicos4
CistitisEntre 7 y 14 días según el tipo
Enfermedad renal crónicaEntre 30 y 90 días según el tipo

Embarazo, parto y puerperio

ENFERMEDADDÍAS
Aborto espontáneo7
Vómitos por embarazo4
Embarazo gemelar o múltiple60
Mastitis e infecciones de mama7

Lesiones traumáticas y otras consecuencias de causas externas

ENFERMEDADDÍAS
Traumatismo superficial de la cabeza10
Fractura en huesos de la cabezaEntre 25 y 60 días según el tipo
Contusión de brazo o de hombro10
Contusión de cadera o de pierna10
Fractura de fémur120
Herida abierta en la mano45
Esguince de pie o tobillo30
QuemadurasEntre 4 y 60 días según el tipo
Envenenamiento (efecto adverso)4
Golpe de calor20
Shock anafiláctico15

 

Procedimientos médicos y quirúrgicos

ENFERMEDADDÍAS
Extirpación de tiroides20
Reparación ocular30
Reparación en nariz u oídoEntre 30 y 35 días según el tipo
Derivación de estómago o duodeno60
Extirpación ovarios o útero60

Cuánto se cobra estando de baja (y cuándo se empieza a cobrar)

Sea por alguna de las causas que se encuentran en las tablas de duración media de incapacidad temporal, o por otra, si tu médico de cabecera te da la baja tendrás derecho a una prestación por Incapacidad Temporal.

Si la IT se debe a una enfermedad profesional o a un accidente de trabajo, cobrarás el 75% de tu base reguladora cada mes. O lo correspondiente por días exactos. A contar desde el día siguiente a la baja médica.

Por ejemplo, si tu BR es de 1.000 euros, y estás de baja 15 días, cobrarás según el cálculo siguiente: 750 (75% de la base reguladora) dividido entre 30 días, da como resultado 25 € diarios. Dicha cifra multiplicada por 15 días (375 €) es lo que habrás cobrado por tu periodo de IT.

Por el contrario, si el origen de la  Incapacidad Temporal es una enfermedad común o accidente no laboral, cobrarás el 60% de tu Base Reguladora a partir del cuarto día de baja. Por tanto, los tres primeros día de baja no los cobrarás.

Sin embargo, partir del día número 21, ya percibirás el 75%.

Ten en cuenta que, según el convenio de trabajo que tengas, estos porcentajes pueden aumentarse para tu beneficio.

Cuánto tiempo se puede estar de baja

Como máximo, la ley establece que una Incapacidad Temporal puede durar un año. No obstante, si tu situación lo requiere, la baja se puede llegar a alargar 180 días más. En consecuencia, en total se puede permanecer hasta 545 días de baja médica.

¿Qué ocurre tras los primeros 12 meses?

Hasta entonces, habrás estado entregando tus sucesivos partes de baja a la empresa cuando los recibías de manos del médico. Pero una vez pasado el año,  el control de tu IT pasa directamente a la Seguridad Social. Este organismo será el encargado de concederte o no la prórroga de 180 días adicionales. O también puede decidir si se inicia un expediente por incapacidad permanente.

Si se concede la prórroga, el INSS será desde ese instante el responsable exclusivo de las comunicaciones respecto a tu baja. Tanto a ti como a tu empresa, así como a tus médicos del Servicio Público de Salud.

¿Y si llego a los 545 días de baja sin curarme?

Tal como pasaba al cumplir los primeros 365 días, y si tu dolencia continúa, cabe la posibilidad de que pasados 545 días tu IT se transforme en una incapacidad permanente. Sin embargo, si el INSS considera que ya puedes volver a tu trabajo con normalidad, emitirá un alta médica. Lo que ya no podrá ser posible será continuar en situación de baja médica.  Si quisieras volver a solicitarla a tu doctor, tendrás que esperar un mínimo de seis meses.

Baja médica siendo autónomo

Los autónomos se pueden acoger a las mismas normas de cobro que los trabajadores por cuenta ajena, según enfermedad común o accidente no laboral. O, en su caso, si ha habido accidente de trabajo o una enfermedad profesional.

Sin embargo, el autónomo ha de seguir pagando su cuota cada mes a la Seguridad Social.Asimismo, para poder cobrar el 75% si la baja es debida a un accidente o enfermedad laboral, se tiene que estar pagando previamente un plus por accidentes -en definitiva, una cuota de autónomos más elevada que la mínima- . Si has estado pagando una cuota mínima, el importe que percibirás durante la IT se calculará aplicando los porcentajes de enfermedad común aunque se trate de una patología o accidente profesional.

Cotización por baja médica

Tu empresa, durante el tiempo que estés de baja, está obligada a abonarte la prestación por IT. Pero, además, debe también cotizar por ti. Hasta que te den el alta médica. Por tanto, cotizarás a la seguridad por el porcentaje de base reguladora que te pertoca (60 o 75%).

Conclusión

Si te preguntas qué tiempo de baja puede otorgarte tu médico por una determinada enfermedad (o por haber pasado por un procedimiento médico o quirúrgico), repasa las tablas de duración media de incapacidad temporal que hoy te hemos presentado -y resumido- en este artículo.

Ten muy claro que por estar de baja médica no se pierde el puesto de trabajo, ya que se puede volver a la empresa una vez que se haya dado al alta médica al trabajador. Sin embargo, durante ese periodo de incapacidad temporal se cobra menos. Entre un 60 y un 75% de la base reguladora según casos. Eso sí, recuerda que seguirás cotizando a la Seguridad Social.

Publicado por Campmany Abogados

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