ESTRÉS TÉRMICO EN EL TRABAJO – GOLPE DE CALOR NO PERMITAS QUE JUEGUEN CON TU VIDA

LEER EN PDF

 

ACTUACIONES ANTE EL RIESGO DE EXPOSICIÓN A TEMPERATURAS EXTREMAS

1. Solicita a tus representantes legales o a la empresa, la Evaluación de Riesgos
de tu puesto de trabajo, en ella se debe haber valorado el riesgo de estrés
térmico y señalado las actividades preventivas para su eliminación/reducción
y control (Artículo 16 LPRL y Capítulo II RD 39/1997, RSP).
2. Si no te facilitan el acceso a dicha información o si no se aplican las medidas
preventivas contacta con tus representantes para valorar las acciones
sindicales y/o legales más adecuadas: movilizaciones, denuncias públicas,
solicitar cumplimiento de la normativa a través de la Inspección de Trabajo y
Seguridad Social (ITSS), interposición de demanda judicial, paralización de la
actividad por exposición a riesgo grave o inminente (Artículo 21 LPRL).
POSIBLES MEDIDAS PREVENTIVAS PARA EVITAR EL ESTRÉS TÉRMICO
• Organizar el trabajo evitando la exposición al aire libre en las horas de mayor
insolación y principalmente en periodos de olas de calor.
• Rotar las tareas para evitar al máximo la exposición.
• Evitar trabajar de forma aislada.
• Disminuir la intensidad del trabajo realizando pausas frecuentes en lugares
frescos y a la sombra.
• Llevar ropa holgada, de colores claros y transpirable.
• Beber agua fresca de forma frecuente y en pequeñas cantidades.
• La persona trabajadora debe estar “aclimatada” al calor.
• Haber recibido información y formación sobre los riesgos y la forma
de evitarlos, los síntomas de estrés térmico y los procedimientos ante
emergencias.
• Tener en cuenta al personal especialmente sensible, las personas sometidas
a estrés térmico no deben tener problemas de salud (cardiocirculatorios,
exceso de peso, edad…).
• Ofrecer a las personas trabajadoras la vigilancia de la salud en función de los
riesgos inherentes a su trabajo.
• Si fuera necesario interrumpir la actividad y abandonar el lugar de trabajo.